EDICTO:
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de
Colonia de 3º Turno, dictada en autos: “BROU
c/ TELEPARK S.A y otros - EJECUCIÓN DE
PRENDA” IUE 508-26/2016, se hace saber que
el día jueves 23 de mayo de 2024, a la hora 14, en
su salón, sito en avenida González Moreno S/N
de la ciudad de Colonia, el martillero Antonio
Daniel GAVILÁN PAMPILLÓN, matrícula
No. 5023, R.U.T. 040148460010, asistido por el
Sr. Alguacil de la sede, rematará en DÓLARES
ESTADOUNIDENSES, sin base y al mejor
postor, a la vista y sin reclamo de especie
alguna, los bienes inmuebles que surgen de
autos: Padrón No. 10197, con un área de 502
m2 y un área edificada de 203 m2 con 19,42 m.
de frente sobre Avda. Luis Alberto de Herrera,
señalado como solar Nº1; Padrón Nº 10198 con
un área de 563 m2 (baldío) con 15,50 m. de
frente a Avda. Luis Alberto de Herrera señalado
como solar Nº 2; Padrón Nº 10199 con un área
de 680 m2. (Baldío) con 15,12 m. de frente a
Avda. Luis Alberto de Herrera, señalado como
solar Nº 3; Padrón Nº 10200 con un área de 838
m2. (Baldío) con 15,50 m. de frente a Avda. Luis
Alberto de Herrera, señalado como solar Nº
4; Padrón Nº 10201 con un área de 1.044 m2.
y un área edificada de 372 m2. con 30,15 m.
de frente a calle pública, señalado como solar
Nº 5; Padrón 10202, con un área de 1.205 m2.
(Baldío) con 29,75 m. de frente a calle pública,
señalado como solar Nº 6, según plano del Ing.
Agrim. Gustavo Curuchet Holm del 02.12.2006,
inscripto en la Oficina Dptal. de Catastro de
Colonia el 6 de febrero de 2007 con el Nº 11.658;
PADRÓN Nº. 7080 casa habitación en un solar
de 361 m2 con 272 m2 edificados, ubicada en
calle JOSÉ ENRIQUE RODÓ y JOSÉ BELLONI
de la ciudad de COLONIA, con 14,10 m. de
frente a la primera y 34,15 m. a la segunda,
zona conocida como “Balneario Atalaya”, que
según plano del Agrim. Eduardo Olalde (h) de
setiembre de 1986, inscripto en la Oficina Dptal,
de Catastro con el Nº 7213 el 6 de agosto de 1987
se señala como solar Nº 1; PADRÓN Nº. 5482,
terreno baldío de 630 m2 con 32 m. de frente
a calle José Belloni de la ciudad de Colonia,
señalado como solar Nº 2 de la manzana 13,
según plano del Agrim. Manuel Ibarra de
enero de 1951, inscripto en la Oficina Dptal.
de Catastro de Colonia el 29 de enero de 1951
con el Nº 24 y PADRÓN RURAL Nº. 8616 con
una superficie de 8 HECTÁREAS 7061 m2 y
demás mejoras que le acceden, ubicado en la
primera sección judicial y catastral de Colonia,
camino vecinal paraje Costas del General,
según plano del Agrim. Jorge R. Mondón
de marzo de 1982, inscripto en la Dirección
Nacional de Catastro el 3 de mayo de 1982
con el Nº 8600.-SE PREVIENE: a) Que el mejor
postor deberá abonar el 30% de su oferta en
concepto de seña en el acto y en efectivo o por
los medios bancarios habilitados , debiendo dar
cumplimiento a la ley de inclusión financiera
Nº19.210 en la redacción dada por el artículo
221 de la ley 19,889, si correspondiera, más la
comisión del martillero e impuestos legales 3,66
% b) Que serán de cargo del expediente el 1,22%
por concepto de comisión e impuestos y el 1%
de impuesto municipal más partidas accesorias
.- c) Los bienes se rematarán en el estado que se
encuentran, no habiendo lugar a reclamación de
especie alguna. d) El saldo deberá consignarse
en el plazo de 20 días corridos de conformidad
con lo dispuesto en el art. 387.2 del C.G.P. e)
Los antecedentes se encuentran a disposición
de los interesados en el referido juzgado. f) El
comprador deberá constituir domicilio dentro
del radio del Juzgado Letrado de 1ra, Instancia
de Colonia de 3er. Turno. g) El comprador
podrá descontar las deudas de Contribución
Inmobiliaria e Impuesto de Primaria al día del
remate según artículo 387.2 del C.G.P., así como
podrá solicitar el reembolso del ITP e IRPF
correspondiente a la parte enajenante. g) A los
efectos legales se hacen estas publicaciones de
conformidad con lo dispuesto en el art. 387.1
del C.G.P. y lo previsto en acordada Nº 8152 de
fecha 8 de diciembre de 2022. h) Que no surge
de autos la situación ocupacional de los bienes.-
Colonia, 10 de abril de 2024.
PAULINA HERMINIA CASTRO GEYMONAT,
Actuario Adjunto.
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